2232 Prohibición Proselitismo

HISTORIA MILITAR DE LA GUERRA CIVIL EN MADRID - FUENTES PRIMARIAS -

Prohibición de Proselitismo político en el Ejército 27.06.37 Orden Circular del Ministro de Defensa, Indalecio Prieto AGMAV, Z/R, R473, Diario Oficial nº154, Página 741 (Transcripción parcial del Documento) Con que los combatientes sean antifascistas, basta. El antifascismo debe ser el lazo de unión; por el contrario, las pugnas partidistas, con finalidad de sumar adeptos, arrebatándoselos mutuamente, sólo serviría para quebrantar los vínculos de una solidaridad que en el Ejército del Pueblo es indispensable y, además, es sagrada. Los inconvenientes de semejante proceder, aparecen notorios y su nocividad aumenta cuando la labor de captación se realiza desde los puestos de mando. Cualquier indicación hecha en ese sentido a un inferior, constituye una coacción repulsiva; e idéntico carácter adquiere si provienede los Comisarios Políticos, cuya misión principal es concordar las voluntades de los soldados en vez de disociarlas. Por lo expuesto he resuelto: Primero. Queda rigurosamente prohibido a los individuos de los Ejércitos de Tierra, Mar y Aire hacer propaganda encaminada a obtener de soldados, clases, oficiales o jefes su ingreso en determinados partidos políticos u organizaciones obreras. Segundo. Las propuestas o meras indicaciones de un superior a un inferior para obtener el cambio de su filiación política o sindical, serán consideradas como constitutivas de un delito de coacción y determinarán la degradación de quien incurriese en tal delito. Tercero. Los Comisarios Políticos que infringieran lo dispuesto en esta orden serán desposeídos de su empleo. FUENTES PRIMARIAS No está permitida la reproducción total o parcial de este documento por ningún medio, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright 655


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