310 JUAN MIGUEL TEIJEIRO DE LA ROSA
peracioso de lo que se ha de pagar»46. Tal vez se trate de un pliego de fecha
muy anterior con normas generales de Álvarez de Toledo referidas al pago
de las Guardas.
Pedro de la Cueva. Veedor general de las Guardas en fecha posterior
a 1525, aunque su salario de 533 ducados y 125 maravedís (posiblemente de
dos años) no se le paga «porque ahora no sirve el oficio». Desconocemos si
es el mismo Pedro de la Cueva, capitán, que hacia 1526 gobernó una escuadrilla
de las que navegaron para hacer frente a los corsarios que trataban de
interceptar el arribo de navíos a la Península47.
Íñigo de la Cueva. Veedor general de las Guardas entre 1529 y 1535.
En carta del Emperador a su esposa Isabel de 27 de julio de 1529 le hacía
saber que «la provisión de veedor general de nras guardas que pedís le he
mandado hazer en persona de Don Iñigo de la Cueva, tío del Duque de Alburquerque
». Era por entonces don Íñigo corregidor de Burgos, y, habiendo
aceptado el cargo, le fue otorgada patente en dicho año 152948. Sin embargo,
Quetrefages lo cita como inspector o veedor general hacia 1522, autor de un
informe sobre las Guardas a solicitud del Emperador49.
Pedro de Zúñiga y Gutierre González. Ambos aparecen como veedores
generales en 1535.
Blasco Núñez Vela. Nacido en Ávila en 1495, era hijo de Luis Núñez
Vela, señor del mayorazgo de Tabladillo. Blasco, caballero de Santiago, fue
corregidor de Ávila y Cuenca, inspector general de la frontera de Navarra y
veedor de Galeras. En 1536 fue nombrado veedor general de las Guardas, cargo
que ostentó hasta 1540. Sancionadas por el Emperador el 20 de noviembre
de 1542 las Leyes Nuevas de Indias, que pretendían proteger a los naturales de
los abusos a que se encontraban sometidos, designó a Núñez Vela como primer
virrey del Perú con el objetivo de hacerlas cumplir. El nuevo virrey viajó
a las Indias en calidad de capitán general de la armada, alcanzando el Perú el
14 de mayo de 1544. Allí sustituyó al hasta entonces gobernador, Cristóbal
Vaca de Castro, en la máxima autoridad de aquellas tierras.
Desde un primer momento tomó medidas drásticas, dando libertad a
los indios que estaban en poder de encomenderos y particulares. Sin embargo,
fue poco prudente a la hora de aplicar las nuevas leyes, llevado por su carácter
violento y hasta despótico, dando lugar a un descontento generalizado,
46 Gutiérrez Carretero, Mónica: «Recopilación de las Ordenanzas Militares de los Austrias
», en Revista de Historia Militar, Ordenanzas Militares de los Austrias, núm. extra.,
2017, p. 309.
47 Martínez Ruiz, Enrique y Pi Corrales, Magdalena de Pazzis: Opus cit., p. 45. Fernández
Duro, Cesáreo: Opus cit., t. I, p. 204.
48 Martínez Ruiz, Enrique y Pi Corrales, Magdalena de Pazzis: Opus cit., pp. 54 y 55.
49 Quatrefages, René: Opus cit., pp. 289 y 290.
Revista de Historia Militar, 131 (2022), pp. 310-346. ISSN: 0482-5748