Noguera-Peña A.
El Ministerio de Sanidad recibirá la comunicación de la autorización
otorgada por el Ministerio de Defensa.
Los servicios farmacéuticos de instalaciones y formaciones
sanitarias militares serán asesorados por la IGESAN, teniendo
en consideración las particularidades de empleo de las Fuerzas
Armadas (cfr. art. 9.3).
Toda instalación o formación sanitaria militar que no cuente
con un servicio farmacéutico propio deberá requerir a la IGESAN
una autorización para mantener un depósito de medicamentos,
el cual estará controlado por un servicio farmacéutico
militar (cfr. art. 9.4).
Otros aspectos
El citado Real Decreto también regula el régimen de incompatibilidades
(art. 10), los sistemas de vigilancia del mercado –
por ejemplo, farmacovigilancia y cosmetovigilancia– (art. 11),
investigación clínica (art. 12), actividades de inspección (art. 13),
adopción de medidas cautelares (art. 14), coordinación de competencias
con las autoridades sanitarias (art. 15), la creación de
una comisión interministerial (disposición adicional segunda),
la documentación relativa al empleo de estupefacientes en un
contexto ajeno al Sistema Nacional de Salud (disposición adicional
tercera), la labor asesora de la AEMPS para la evaluación
de medicamentos (disposición adicional quinta).
Finalmente, a través de la disposición transitoria única se
autorizan de forma temporal aquellos servicios y establecimientos
sanitarios existentes en el Ministerio de Defensa a 23/12/2020.
No obstante, deberán adaptarse a todos los requerimientos de
esta normativa en un plazo no superior a los cinco años.
CONCLUSIONES
El Real Decreto 1155/2020, de 22 de diciembre, supone un
desarrollo de la disposición adicional segunda del Texto Refundido
232 Sanid. mil. 2021; 77 (4)
de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos
y productos sanitarios, promulgado en el año 2015. Su articulado
es abundante y exigente, por tanto, se requieren numerosas
acciones de forma previa a su entrada en vigor. Igualmente, se
prevé el desarrollo de determinadas disposiciones –por ejemplo,
formación de la dirección técnica, ejecución de medidas preventivas
y correctivas por requerimiento de las autoridades sanitarias–.
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