nado campo de actividad se haga mediante las aptitudes, y en los empleos que se determinen, según se refleja en los
apéndices E,F y G de la directiva.
De modo general, el primer destino de soldado será en unidades operativas de la Fuerza de Infantería de Marina, ya
sea TEAR o FUPRO (en función de las necesidades operativas), o en las diferentes unidades de música de la Armada,
dependiendo de la especialidad fundamental. A lo largo del empleo se procurará una adecuada rotación de destinos que
permita al soldado completar la formación correspondiente a la especialidad fundamental de Infantería de Marina.
Durante los primeros años de la trayectoria, el soldado realizará fundamentalmente cursos/aptitudes relacionados con
su destino. Posteriormente, tendrán posibilidad de efectuar aptitudes o cursos que le permitan desarrollar nuevos
campos de actividad
En el empleo de cabo, el primer destino en este empleo del personal con especialidad fundamental Infantería de
Marina será de acuerdo con el área geográfica asignada y en unidades de la Fuerza de Infantería de Marina (el caso de la
especialidad fundamental Música, continuará destinado en la misma unidad de procedencia). En el caso de poseer la
aptitud de Guerra Naval Especial, el primer destino en el empleo de cabo podrá ser la Fuerza de Guerra Naval Especial,
con independencia del área geográfica que haya sido asignada, y siempre que exista voluntariedad y así lo aconseje las
necesidades del servicio. El resto del tiempo de servicios en este empleo se desarrollará, con carácter general, en unidades
de la Fuerza de Infantería de Marina o unidades de música y se realizarán cursos/aptitudes al objeto de actualizar o
BOLETÍN DE LA INFANTERÍA DE MARINA 31
ampliar los conocimientos para el desempeño de sus cometidos.
En el empleo de cabo primero el primer destino en este empleo para la especialidad fundamental de Infantería de
Marina será de acuerdo con el área geográfica asignada y principalmente en unidades de la FIM (se aplican las mismas
particularidades que en el empleo de cabo, para personal de música y FGNE). El resto del tiempo en este empleo se
desarrollará en destinos de toda la estructura de la Armada, con prioridad en la FIM y en la EIMGAF. A los 45 años, el
personal permanente comienza del segundo tramo de la trayectoria, donde se reorienta su carrera a cometidos de
carácter logístico o administrativo, y se facilitará la adecuada formación para el mejor desempeño de sus funciones.
Figura 2
LA PROGRESION...