NORMAS DE COLABORACIÓN
9. DIRECCIÓN.
Las colaboraciones pueden enviarse a cualquiera de las siguientes direcciones:
Correo postal
CUARTEL GENERAL DE LA FUERZA DE INFANTERÍA DE MARINA
SECRETARIA - ORP - BOLETIN IM
Avda. de la Armada s/n (Antiguo Cuartel de Instrucción)
11100 - San Fernando (Cádiz)
BOLETÍN DE LA INFANTERÍA DE MARINA 91
Correo electrónico
boletín_im@fn.mde.es
10. FORMATO DE COLABORACIONES.
Con el objeto de facilitar su tratamiento, mejorar la edición y disminuir en lo posible los errores de publicación,
las colaboraciones que se aporten al Boletín deberán seguir las siguientes normas:
Textos:
1. Es imprescindible su presentación en fichero informático, formato DIN A4, letra ARIAL de tamaño 12 puntos,
a doble espacio.
2. El texto se remitirá sin maquetar, incluyendo título que no superará las diez palabras. Los epígrafes o sub-títulos
no se numeran.
3. Su extensión no superará las 3.000 palabras, incluyendo notas y bibliografía si las hubiere.
4. Las notas han de ser breves en contenido y número. Han de numerarse (numeración arábiga) y se rela-cionarán
al final del texto y no a pie de página.
5. No se remitirán textos clasificados o que muestren marcas de clasificación de seguridad.
6. La bibliografía y fuentes, si las hubiere, estarán debidamente reseñadas y aparecerán al final del artículo.
Se relacionará un máximo de diez, entre notas y bibliografía.
7. Con carácter general, en los artículos se recomienda utilizar el menor número de siglas o acrónimos po-sible.
No obstante, cuando se empleen, la primera vez tras identificar su significado completo se pondrá entre
paréntesis el acrónimo, la sigla o abreviatura correspondiente. Así mismo, cuando el trabajo requiera el em-pleo
de un número considerable de siglas o acrónimos, al final del trabajo, o en documento aparte, figurará
la relación de siglas empleadas con su significado.
Gráficos:
Se entiende por material gráfico todas las fotografías, tablas, gráficos, esquemas, dibujos, croquis, cuadros,
etc, que se remitan para ilustrar un texto. Deberán cumplir los siguientes requisitos:
1. El material gráfico aportado contará con el permiso de su autor. Si procede de Internet, se habrá de verificar
que la imagen tiene el permiso de uso y copia, y que se encuentra libre de cualquier derecho de autor (sin
copyright o cualquier otra limitación de difusión).
2. Los autores ceden al Boletín los derechos de comunicación pública de sus obras para su difusión y explo-tación
electrónica a través de las redes (Intranet, Internet) y dispositivos inalámbricos que decida el Boletín
para el acceso on line de su contenido.
3. No se remitirá al Boletín material gráfico clasificado o que tenga alguna marca de clasificación de seguri-dad.
4. Los archivos del material gráfico han de ser:
• De extensión «.jpg» o «.tif» (nunca «.bmp», «.gif» o cualquier otro formato).
• Identificados con un nombre inferior a los 20 caracteres.
• De un tamaño mínimo de 1.200 píxeles de ancho.
• Independientes, es decir, no estar incrustados en un documento de texto (Word o
similar) o en una presentación (Powerpoint o similar).
• Sin marcas de agua, símbolos o letras sobreimpresas.
5. El material gráfico no estará insertado en el texto remitido por el autor, sino que se incorporará a este la
referencia (número o nombre del material gráfico) que indique el lugar en que desea que aparezca.
6. Se debe presentar un archivo, en documento aparte, con los pies de foto o título de los gráficos o tablas
(máximo de 15 palabras). Si proceden de Internet, se deberá indicar la dirección de la página web de donde
se hayan extraído.
7. En el caso de aparecer menores de edad, no deberán ser reconocibles sus facciones.