204 herramientas de financiación europea para la formación
revista de aeronáutica y astronáutica / marzo 2021
el MINISDEF lleva más de 20 años
recogiendo en diversa normativa
medidas de apoyo al personal que,
impulsando la formación, mejorasen
las opciones de promoción interna o
facilitasen la incorporación al ámbito
laboral civil.
Para aumentar la oferta de acciones
formativas cabe la posibilidad
de obtener subvenciones de organismos
oficiales como el Servicio
Público de Empleo Estatal o la Unión
Europea. Este artículo aborda
la problemática general de la
formación y muestra en particular
los esfuerzos que se
están haciendo para acceder
a la cofinanciación que ofrece
el Fondo Social Europeo,
los requisitos, que es preciso
cumplir, establecidos por la
normativa comunitaria y la
adopción de los procedimientos
de gestión específicos
para los fondos estructurales
e inversión europeos.
SITUACIÓN ACTUAL
Y NORMATIVA DE
APLICACIÓN
Desde la suspensión del
servicio militar obligatorio el
31 de diciembre de 2001, las
sucesivas leyes reguladoras del régimen
del personal militar han plasmado
la sensibilidad del MINISDEF
respecto a la necesidad de facilitar
la transición hacia el mercado laboral
del personal, con una relación de
servicios de carácter temporal en el
momento de finalización de su compromiso
con las FAS.
Prueba de la atención prestada a
este colectivo es la última reforma
de la estructura orgánica básica del
Ministerio, recogida en el
Real Decreto 372/2020,
de 18 de febrero, donde
además se establece la
ampliación al colectivo
de reservistas de especial
disponibilidad (RED)
las actuaciones encaminadas
a su formación y
desarrollo profesional.
La Ley 8/2006, de 24
de abril, de tropa y marinería
define un modelo
de profesionalización
que garantiza a los militares
de tropa y marinería
la posibilidad de
completar su trayectoria
profesional, comenzando
su relación de servicios
con un compromiso inicial renovable
hasta seis años de duración.
Tras cinco años de servicio, existe
la opción de suscribir un compromiso
de larga duración (CLD) hasta
los 45 años de edad, durante cuya
vigencia se puede acceder a su vez
a un compromiso de carácter permanente
que otorga la condición
de militar de carrera, tal y como se
contempla en el artículo 76 de la
Ley 39/2007, de 19 de noviembre,
Previsión sobre incremento anual del número de RED
Efectivos por edades de personal MTM con CLD