211 Servicios Vigilancia

HISTORIA MILITAR DE LA GUERRA CIVIL EN MADRID - FUENTES PRIMARIAS -

La Policía Militar de Madrid. Servicios de Vigilancia 10.03.37. Policía Militar en Vallecas. AGMAV, Z/R, R146, A68, L1019, Cp3, D2, F15-16-17 Adición a la Orden General nº 25 del II Cuerpo de Ejército. Jefe de Cantón. En todas las localidades en las que existan fuerzas del Ejército (unidades combatientes) habrá un Jefe de Cantón que será designado por el Jefe de Cuerpo de Ejército o División independiente en cuya zona de acción se encuentre la localidad de referencia. Este Jefe de Cantón tendrá como misión en general la vigilancia y orden en el interior del mismo en cuanto tenga relación con las fuerzas del Ejército que se encuentren fijas o de paso y a este efecto, por los jefes de las grandes unidades que le nombren se le dotará de las fuerzas y medios necesarios para las misiones a cumplir que sobre las que por estos jefes se determinen serían las siguientes: - Mantenerse en contacto con las autoridades locales - Mantener la vigilancia para que todas las fuerzas se comporten correctamente, evitando escándalos en establecimientos, casas o calles y entregando a los contraventores a sus jefes respectivos - Regular la circulación de vehículos Servicios de Disciplina y Orden en la plaza militar de Madrid Guardia del Principal. Diariamente se montará una guardia compuesta de un Capitán, un Oficial, cuatro sargentos, ocho cabos y cincuenta soldados, que se establecerá en el cuartel de Carros de Combate. Esta guardia se relevará a las once horas y sus funciones serán las siguientes: - Hacerse cargo de los detenidos militares que se le entreguen - Prestar el apoyo que le soliciten los agentes de la autoridad civil o personal militar - Dar parte a las 7 y 21 horas de las novedades que ocurriesen a la misma así como al relevo - Dar cuenta inmediata de toda novedad de importancia que pudiese ocurrir Servicio de Vigilancia. Diariamente se nombrará también un oficial, dos sargentos, cuatro cabos y ocho soldados por cada una de las Brigadas 68ª, 2ª, 40ª, 4ª, 36ª, 42ª, 43ª, 67ª y 41ª que desempañarán el servicio de vigilancia de plaza dentro del sector que a cada una de dichas unidades se les asigna en la presente Orden. Serán misiones de este servicio las siguientes: - Vigilar que todos los individuos componentes de éste Ejército se conduzcan en la calle con la apostura, orden y disciplina debida - De tener y entregar en la guardia del principal a todos aquellos individuos militares que promuevan escándalo o reyerta en la vía pública. - Ordenar su retirada al cuartel de todos aquellos individuos que, sin cometer delito alguno ni falta punible, no procedan en la calle con la corrección y disciplina necesaria. - Prestar apoyo a los agentes de la autoridad cuando sean requeridos para ello o, sin serlo, cuando a su juicio consideren necesario o simplemente su intervención. FUENTES PRIMARIAS No está permitida la reproducción total o parcial de este documento por ningún medio, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright 555


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