La “Cartilla del
Guardia Civil”
Portada de la “Cartilla”
CLXXV aniversario
(1845 - 2020)
Jesús Narciso Núñez Calvo
Coronel de la Guardia Civil. XLI Promoción AGM
Jefe de la Comandancia de Cádiz
Doctor en Historia
Una vez creado el Cuerpo de la Guardia Civil por real decreto
de 13 de mayo de 1844, en el que quedó fi rmemente asentada
su naturaleza militar, comenzó su organización así como el
reclutamiento, adiestramiento y despliegue de sus primeros
efectivos por toda la geografía nacional.
Sin embargo, para su máximo responsable, el mariscal de
campo y II Duque de Ahumada, Francisco Javier Girón
Ezpeleta, era prioritario y fundamental dotarlo de un conjunto
de normas que recogieran los principios y valores morales por
los que habría de regirse el nuevo Cuerpo.
Dictadas inicialmente las primeras circulares, procedió a
redactar lo que constituyó el mejor código deontológico
que haya tenido una institución de seguridad pública: la
“Cartilla del Guardia Civil”, aprobada por real orden de 20 de
diciembre de 1845.
Introducción
Conforme se establecía en el artículo 1º del
real decreto de 13 de mayo de 1844 el Cuerpo de
la Guardia Civil quedaba sujeto, al “Ministerio de
la Guerra por lo concerniente a su organización,
personal, disciplina, material y percibo de sus haberes,
y del Ministerio de la Gobernación por lo
relativo a su servicio peculiar y movimiento”.
Se convertía así en la primera institución de seguridad
pública del Estado que comenzó a desplegarse
por todo el territorio nacional y que con
el paso del tiempo llegaría a superar los tres mil
puestos. Inicialmente quedó estructurada en 14
Tercios, uno por Distrito militar, integrados a su vez
por 34 Compañías de Infantería y 9 Escuadrones
de Caballería. Su primera plantilla se fi jó en 14 jefes,
232 ofi ciales y 5.769 de tropa.
El Duque de Ahumada, “teniendo en consideración
los méritos, servicios y circunstancias” que
concurrían en él y, “en atención al celo e inteligencia
con que desempeña su organización”,
fue nombrado Inspector General del nuevo Cuerpo
por real decreto de 1º de septiembre siguiente.
Apenas transcurrido un mes, por real decreto
de 9 de octubre, dimanante del Ministerio
de Gobernación, se aprobó su “Reglamento de
Servicio”, disponiéndose en su artículo 1º que la
Guardia Civil tenía por objeto fundamental, la
conservación del orden público; la protección de
las personas y las propiedades, fuera y dentro de
las poblaciones; así como el auxilio que reclamase
la ejecución de las leyes.
Diciembre - 2020 Armas y Cuerpos Nº 145 61