LA ESTATALIZACIÓN DE LAS ARMADAS CASTELLANAS EN EL CARIBE (SIGLO XVI)
las cargaban al situado. Para culminar, la situación se salió de control cuando
el gobernador cubano inquirió a los oficiales de la escuadra, y estos replicaron
amenazándolo con «sacarles los hígados por la boca, a palazos». Adicional-mente,
mandaron demoler parte de las paredes con troneras que se habían
edificado para la defensa de la ciudad, lo cual fue ejecutado por moros que
servían como galeotes84.
En el caso dominicano, también se señalaron fraudes respecto al manejo
del aprovisionamiento, de modo que, según un cálculo realizado en 1587, con
12.000 ducados sería suficiente para sustentar cada galera, pero para 1589 no
se disponía de fondos para los sueldos y se adeudaban montos devengados
hacía cuatro años85. Por supuesto, esto generó escepticismo sobre el manejo de
los caudales, los cuales, además del situado mencionado, se nutrían de rentas
privadas captadas mediante el cobro de una avería voluntaria, recolectada en
San Juan de Puerto Rico a razón de un 1,5 por 100 por entrada y 0,5 por 100
por salida de mercancías. En vista de eso, la presión recayó sobre el proveedor
de la escuadra, quien era nombrado por la Audiencia, pero esta, una vez que
aquel tomaba posesión del cargo, no intervenía en la cobranza o distribución,
por lo que se recomendó tomar cuentas. En cualquier caso, el daño ya estaba
hecho, y los vecinos de Puerto Rico vieron con malos ojos la administración
de sus recursos, máxime cuando a finales de 1589 don Luis de Velasco notifi-có
que una galera era inútil y la otra no tenía remos ni soldados86. En tales
condiciones, los vecinos se negaron a contribuir con la avería, que dejó de
recaudarse en 159087.
En Cartagena se identificó una situación similar, derivada de los acuerdos
suscritos por el gobernador y la oficialidad, en virtud de los cuales se aprobó
la compra de productos por el doble de su valor comercial, lo cual se controló
mediante el fenecimiento de cuentas realizado a mediados de 1590, que dio
paso a una reestructuración administrativa88. Así, se consideró imprudente que
los tesoreros ejercieran de pagadores y tenedores de bastimentos, por lo cual
ambas funciones dejarían de recaer en una misma persona tras la muerte del
titular89. Además, se ordenó al proveedor y al tenedor, como cuerpo colegiado,
pactar siempre con el gobernador y el contador-veedor las cantidades y asen-tistas,
y llevar de todo ello un registro pormenorizado. Sin embargo, las acusa-ciones
llegaron a un punto álgido cuando el obispo Hervias notificó que los
motivos del descontento de la chusma, que terminó en un motín y la subse-cuente
pérdida de una embarcación en 1591, se exacerbaron por la deficiente
(84) Ibídem, R.9, apresto de las galeras de la guarda de Cuba, 1588.
(85) AGI, Patronato 269, N.2, R.8, informe de Diego de Noguera Valenzuela, cabo de las
galeras de Santo Domingo, 6 de febrero de 1587.
(86) AGI, Indiferente 741, N.211, carta de don Luis de Velasco, 20 de noviembre
de 1589.
(87) AGI, Santo Domingo 155, R.11, N.122, minuta de real cédula al gobernador de
Puerto Rico, 1590.
(88) AMAYA PALACIOS, 2021.
(89) AGI, Santa Fe 1, N.61, consulta del Consejo de Indias, 1586.
REVISTA DE HISTORIA NAVAL 152 (2021), pp. 7-30. ISSN 0212-467X 23