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602 dosier Implantación de la PERAM M en el Ejército del Aire
Imagen: Andrés Magai
revista de aeronáutica y astronáutica / julio-agosto 2022
En aquellas situaciones en las que las condiciones lo requieran,
se realizará una verificación de simetría de la aeronave
para asegurar que no hay desviaciones en la misma.
• Iniciar y coordinar todas las acciones necesarias y la
actividad de seguimiento revelada por la notificación de
un suceso.
La CAMO debe establecer el procedimiento a seguir
en caso de detectarse un evento en servicio que pueda
afectar a la aeronavegabilidad de la flota.
En el caso del Ejército del Aire, se sigue el procedimiento
del Consejo de Aeronavegabilidad para el tratamiento
de accidentes, incidentes, deficiencias y emisión de directivas
de aeronavegabilidad. Para deficiencias críticas este
procedimiento establece la emisión de un comunicado
de alerta inmediata (CAI) que, deberá enviarse a la AAD
en un plazo no superior a 72 horas desde que la organización
haya detectado la anomalía.
REVISIÓN DE LA AERONAVEGABILIDAD
Además de la Gestión de la Aeronavegabilidad, aquellas
CAMO autorizadas por la AAD se encargan también
de la revisión de la aeronavegabilidad de cada aeronave.
La PERAM M establece que, para asegurar la validez del
certificado militar de aeronavegabilidad de una aeronave,
se revisarán periódicamente la aeronavegabilidad de
dicha aeronave y sus registros de mantenimiento de la
aeronavegabilidad.
El Reglamento de Aeronavegabilidad de la Defensa
(RAD) es el que define y regula los diversos certificados
que garantizan la seguridad en vuelo de aeronaves y sistemas
aéreos militares pilotados por control remoto, y
establece los procedimientos para su expedición y para
mantener su vigencia y conseguir su renovación. En lo
que respecta al certificado de aeronavegabilidad, establece
una validez máxima de un año, por lo que anualmente
hay que proceder a su renovación.
Dado que el RAD es una norma con rango de real decreto
que aplica a todas las aeronaves utilizadas por los
Ejércitos, el procedimiento de una CAMO que regule la
revisión de la aeronavegabilidad deberá cumplir, además
de con lo establecido en la PERAM M, con lo establecido
en el RAD.
La PERAM M establece que una CAMO aprobada realizará,
como parte de la revisión de la aeronavegabilidad,
una revisión de los registros de la aeronave, con objeto de
verificar que: se registran adecuadamente horas y ciclos de
vuelo; los manuales aplicables de mantenimiento y operación
están actualizados; no hay elementos cumplidos
instalados en el avión; se han efectuado todas las tareas
establecidas en el OMP bajo normativa PERAM 145; se han
aplicado y registrado todas las directivas de aeronavegabilidad;
se han corregido o diferido de forma controlada
todos los defectos encontrados; y el peso y centrado del
avión corresponden a la configuración del avión.