EL CUIDADO INMEDIATO DE
LAS BAJAS DE COMBATE:
ASPECTOS TÉCNICOSANITARIOS
José González Reyes
Comandante Auditor
del Cuerpo Jurídico Militar
26 / Revista Ejército n.º 964 • julio/agosto 2021
Y JURÍDICOS
El nuevo concepto TCCC (tactical combat casualty care) ha revolucionado el entorno
táctico prehospitalario mejorando de manera exponencial las posibilidades de
supervivencia del herido en combate. Pero la adecuación de los militares formados en
dicho entorno al ordenamiento jurídico, no está exenta de cierta complejidad respecto
de algunas cuestiones, como la legitimación y técnicas de actuación que pueden realizar
LA EVIDENCIA CIENTÍFICA
Un porcentaje significativo de las
muertes producidas en las operaciones
militares son potencialmente evitables
cuanto más inmediata sea la
atención sanitaria, como ha demostrado
la evidencia científica1.
Al igual que ocurre en el resto de procesos
relacionados con la enfermedad
traumática, los de origen bélico
comparten el énfasis en realizar una
estabilización tempranísima de la baja
que permita su supervivencia (hemorragia
comprimible, neumotórax a
tensión, compromiso en vía aérea y
ventilación).
Aunque el trauma en combate es fundamentalmente
quirúrgico, en los escenarios
donde se desarrollan actualmente
estas operaciones se presentan
habitualmente situaciones de aislamiento
(personal recovery), con bajas
múltiples y dispersas sobre el terreno,
frecuentemente en ambiente hostil,
que no pueden ser atendidas de inmediato
por personal médico o enfermero,
esto es, el denominado personal facultativo
y que goza de su propio régimen
jurídico estatutario y competencial.
En este contexto, para la salvaguarda
de la vida, se impone la necesidad de
contar con otro personal militar que,
aunque no facultativo, esté capacitado
para actuar en estas situaciones
realizando las maniobras pertinentes
que estabilicen y permitan la atención
posterior por parte de los facultativos,
cuya función no sustituyen, y su evacuación
a las formaciones sanitarias
de tratamiento correspondientes.
MARCO NORMATIVO
INTERNACIONAL Y
HABILITACIÓN LEGAL
En las alianzas de las que España forma
parte, el apoyo sanitario en las
Fuerzas Armadas concentra al personal
facultativo en formaciones sanitarias
de tratamiento. En este modelo,
las medidas de atención sanitaria
inmediata resultan decisivas para la
supervivencia del herido y son aplicadas
por personal militar no facultativo,
aunque adecuadamente instruido y
equipado, de acuerdo con protocolos
establecidos por las organizaciones
internacionales a las que España pertenece
y ha ratificado en acuerdos de
normalización articulando su doctrina
sanitaria a partir del MC 326/2 «Nato
medical support principles and policies
», de la AJP-4.10 (A) «Allied joint
medical support doctrine», así como
la Directiva de la OTAN «Allied command
operations directive for medical