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REVISTA EJÉRCITO
N.º 968 EXTRAORDINARIO NOVIEMBRE
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El sistema de mando y control que se
decidió implantar y emplear, dentro
de la estructura de cuarteles generales
permanentes del ET, fue el Sistema
de Mando y Control Nacional del
ET (SC2 NET CGP).
En septiembre de 2019, el JEME ordenó
la transferencia de cometidos
entre el CGTAD y el Mando de Canarias
(MCANA), pasando el mando
del MPVT al general jefe del Mando
de Canarias (MCANA), no variando ni
los cometidos ni las unidades que lo
integraban, ni el sistema de mando y
control que se empleaba.
Esta transferencia de cometidos entre
CGTAD y MCANA respondía ya al
«concepto 3-6-1» establecido por el
JEME, que pretende estructurar sus
fuerzas orientadas a la misión. En
este concepto, al MCANA se le asocian
las fuerzas de presencia, basadas
en las comandancias generales
de Ceuta y Melilla junto a la Brigada
Canarias XVI. Si bien el ET ya contaba,
por tanto, con una estructura
operativa en la estructura conjunta,
esta no tenía todavía el carácter permanente
y, además, la reorganización
del Ejército no estaba aún aprobada.
EL MARCO NORMATIVO:
ESTRUCTURAS ORGÁNICAS
Y OPERATIVAS
El siguiente hito lo fue por partida doble
el 29 de julio de 2020, fecha en la
que se aprobaron las diferentes órdenes
ministeriales que desarrollaban
las organizaciones básicas del
Ejército, Armada y Estado Mayor de
la Defensa.
Por partida doble amanecíamos, publicadas
las órdenes ministeriales,
con un «nuevo» Mando de Canarias
definido como «conjunto de unidades
que tiene por cometido principal
prepararse para constituir, de forma
rápida y eficaz, estructuras operativas
terrestres para la realización de
operaciones militares»3.
El Mando de Canarias del Ejército de
Tierra se articula en:
Conocimiento del territorio
» El Cuartel General del Mando de
Canarias.
» La Comandancia General de Ceuta.
» La Comandancia General de Melilla.
» La Comandancia General de Baleares.
» La Brigada «Canarias» XVI.
» Las pequeñas unidades que se determinen.
Igualmente, y directamente relacionado
con la estructura conjunta, se
creaban «como parte de la estructura
operativa, las organizaciones operativas
permanentes necesarias para
materializar las operaciones militares
que, en cumplimiento del mandato
constitucional de las FAS, están activadas
continuamente y están descritas
en la Ley Orgánica 5/2005,
de 17 de noviembre, de la Defensa
Nacional (LODN)»4.
Directamente subordinadas al jefe
de Estado Mayor de la Defensa
(JEMAD) a través del comandante
del Mando de Operaciones, órgano
responsable del planeamiento
operativo, la conducción, el seguimiento
y la dirección del sostenimiento
de las operaciones militares
(CMOPS), se encuentran las
organizaciones operativas permanentes:
» El Mando Operativo Terrestre
(MOT).
» El Mando Operativo Marítimo
(MOM).
» El Mando Operativo Aeroespacial
(MOA).
» El Mando Operativo Ciberespacial
(MCCE).
En la parte de los cometidos asignados
al MOT y en comparación con
los que se asignaban al MPVT, sigue
siendo el órgano de la estructura operativa
de las FAS responsable del planeamiento,
conducción y seguimiento
de las operaciones de presencia y
vigilancia de los espacios terrestres
de soberanía, responsabilidad e interés
nacionales que se determinen, así
como de aquellas otras operaciones
terrestres que, en los espacios mencionados,
establezca el JEMAD.
Por último, en términos normativos,
quedaba pendiente la propuesta
y designación del comandante
del Mando Operativo Terrestre,
que fue aprobada por la Resolución
200/17069/20 del jefe de Estado
Mayor de la Defensa, por la que se
designaban los comandantes de los
Mandos Operativos Permanentes y
en la que, a propuesta del jefe de Estado
Mayor del Ejército de Tierra al
general jefe del Mando de Canarias
del Ejército de Tierra se le designaba
como comandante del Mando Operativo
Terrestre (CMOT).