Seguridad de vuelo
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el ET 12en Jefe de SV del ET , y regula mediante
procedimientos operativos el desarrollo y clasificación
de la documentación del SSV13.
La Norma Operativa (NOP) FAMET 802 «Seguridad
de la Información en el Servicio de Seguridad
de Vuelo del Ejército de Tierra» establece la clasificación
de los documentos constitutivos del ESV
y contempla la posibilidad de acoger en la más alta
protección, a los documentos14 que la precisen;
especificando el procedimiento para garantizarla
durante todo el ciclo de vida de los mismos y no
sintiendo la obligación de asignársela a todos los
documentos, establece una gradación para todos
los asuntos y materias tratadas por el SSV que por
un lado garantice la adecuada discreción y protección
de la información y por otro permita la posibilidad
de su difusión a todo el personal que tenga
necesidad de conocer sobre el asunto.
En resumen, la NOP 802 normaliza procedimientos
para el manejo15, clasificación y estudio de la
documentación generada en el ámbito del SSV,
permitiendo su explotación de forma eficaz y útil
para alcanzar el objetivo de la SV, asignando un
grado de clasificación «secreto» o «reservado»,
según determine el Jefe de SV del ET, a las partes
de los ESV que recojan ciertas actuaciones
del SSV relativas a accidentes mayores16 de las
aeronaves del ET. Sin embargo, a la Comunicación
Inicial de los Hechos17 y a los tratamientos
estadísticos u otro tipo análisis, en general, se les
asignará un grado de clasificación «confidencial»,
manteniendo la de «uso oficial», para el acopio de
datos. Las fuentes abiertas, por ejemplo, recortes
de periódico, páginas web, etc. serán informaciones
no clasificadas.
En el ESV ha de constar una completa descripción
del suceso que incluirá el informe técnico de la
CITAAM, ya mencionado y de las recomendaciones18
que desde el SSV se hacen al Mando como
conjunto de medidas preventivas que eviten que,
en lo sucesivo, vuelvan a ocurrir accidentes donde
concurran la misma alineación de factores, o
que, al menos, la gravedad de sus consecuencias
sea mitigada. Estas recomendaciones se basarán
además en la opinión personal19 del OSV para lo
que el Mando habrá de garantizar su formación y
adecuada selección.
Siendo el OSV consciente de que no participa ni
en la investigación20 judicial, ni en la resolución
técnica de las causas del accidente, ni en la instrucción
del atestado que previene el Art. 115 de
la LO 4/87, ni en la instrucción de los expedientes
disciplinarios, si es que alguna de estas investigaciones
se está realizando, procurará centrarse
en el estudio de los factores humanos y en lo que
pudiera haber ocurrido en caso de que hubiesen
afectado de otra forma:
• Estudiará los historiales del personal involucrado,
los informes del Centro de Investigación
de Medicina Aeroespacial (CIMA) del
Ejército del Aire, y cuantas informaciones
aeronáuticas personales (capacitaciones aeronáuticas,
licencias JAR, mantenimiento de calificaciones
e instrucción) puedan servir para
evitar la repetición de accidentes similares o,
al menos, a paliar su gravedad.
• Revisará también, las órdenes de misión, los
libros del aparato y sus expedientes de mantenimiento;
los historiales de meteorología, los
avisos de peligrosidad difundidos, las alertas
de actividad enemiga y las instrucciones de
amenaza recibidas, por si, a su juicio, los procedimientos
puedan ampliarse, mejorarse o
difundirse de forma más eficaz, contribuyendo
a incrementar la seguridad de las operaciones.
• Examinará la trascripción de las conversaciones
mantenidas con las torres de control y
todos los testimonios de quienes hayan estado
alrededor del suceso: pilotos, resto de tripulación,
y personal y servicios de apoyo que
hayan coincidido en el entorno del accidente.
• Analizará el comportamiento de los sistemas
de emergencia y rescate, de las consecuencias
de un posible comportamiento inadecuado
de los sistemas o equipos, como uniformes y
equipos de vuelo, cinturones de seguridad,
cascos de vuelo, sistemas de visión nocturna,
vestuario y equipo de la tripulación y personal
de apoyo, fragmentación de acetatos o rotura
de cristales, derrames de combustibles, refrigerantes,
líquidos hidráulicos o electrolitos y
el adecuado comportamiento de equipos auxiliares
como balsas, balizas, bengalas o supervivencia
y, a este respecto, su instrucción en
el empleo, eficacia o suficiencia del material.
• Examinará los procedimientos de desactivado
de munición, desarmado de armamento o tra