TEMAS PROFESIONALES
Las medidas de conciliación familiar
En la última década se ha llevado a cabo una necesaria política de Estado
destinada a favorecer la conciliación de la vida familiar y profesional para
mitigar el impacto de las obligaciones profesionales ante el nacimiento o
crianza de hijos menores (1). Las principales medidas, que por ser de aplica-ción
en la Administración General del Estado, también lo son en las FF. AA. (2),
son: el permiso por nacimiento o adopción, el permiso de lactancia y la reduc-ción
de jornada. El impacto de estos derechos en el ámbito castrense tiene
diversas consecuencias en una triple vertiente: hacia el implicado, hacia la
unidad en que sirve y hacia la institución en su conjunto. Aunque se aplican a
personal todos los empleos y escalas, me centraré en el caso de los oficiales,
por poseer una casuística propia.
El oficial, por pertenecer a la escala jerárquicamente superior a las de
suboficiales y tropa y marinería, debe ser constante ejemplo para éstos; es por
ello que, normalmente, llegará antes, se marchará después, y hará todo lo que
sea necesario para no abandonar sus responsabilidades y ser un constante
ejemplo. En esta búsqueda de la ejemplaridad, no es extraño que decida
renunciar, de manera voluntaria, a días de vacaciones, permisos post-misión o
las mencionadas medidas de conciliación, especialmente tras el paulatino
aumento del permiso de paternidad. Creo que sonarán familiares frases como
«este año no te puedes coger todo el permiso», «todos hemos perdido días de
vacaciones alguna vez» y otras similares.
La prueba más palpable de que algo pasa en este sentido se hizo evidente
tras el recordatorio de hace unos años, a través de la cadena orgánica, de que
las medidas de conciliación familiar no estaban dirigidas solamente hacia la
marinería y los suboficiales, sino que los oficiales también podían y debían de
acogerse a ellas. Muchos recibieron con satisfacción este punto de vista,
mientras que otros se echaron las manos a la cabeza ante lo que podía «afectar
gravemente al alistamiento operativo de las unidades».
Uno de los motivos principales para la introducción de estas medidas, a
la par que promover la natalidad en España, es favorecer el acceso de la
mujer al empleo y su promoción dentro de este mediante el reparto equitati-
(1) «Ordenación del tiempo de trabajo, corresponsabilidad y medidas de conciliación de la
vida personal, familiar y laboral». Eje 5 del Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en
la Administración General del Estado y en sus organismos públicos (2015).
(2) La Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las
Fuerzas Armadas, dispone en su artículo 22.3 que los militares tienen derecho a disfrutar de los
permisos, vacaciones y licencias establecidos con carácter general para el personal al servicio
de la Administración General del Estado, con las necesarias adaptaciones a la organización y
funciones específicas de las Fuerzas Armadas que se determinen por orden del ministro de
Defensa.
924 Diciembre