LOS VEEDORES DE LOS SIGLOS XVI Y XVII 305
Algunos cargos de veedores persistieron, en calidad de a extinguir, pendientes
de ser ocupados por los nuevos oficiales administrativos. Se mantuvo la
separación entre los oficios de veedor y contador, aunque en determinados
casos algunos de aquéllos asumieron también funciones de contaduría, y al
contrario. Persistieron, por ejemplo, veedores en los Presidios de la Costa de
Granada (Málaga y Vélez-Málaga) y en los Presidios de Melilla, Peñón de
Vélez de la Gomera, Alhucemas y Ceuta.
En Melilla, Peñón y Alhucemas un reglamento de 10 de noviembre de
1745 disponía que las funciones de veedor y contador estuviesen desempeñadas
por una misma persona. En Ceuta ambas funciones aparecían también adjudicadas
a una sola persona auxiliada por tres oficiales de Veeduría y otros tres
de Intervención. Otro reglamento para los presidios de Málaga disponía que la
Hacienda Militar estaba integrada por un veedor, un pagador y varios oficiales,
así como un contralor y un comisario de entradas para el hospital. Para Orán,
por el contrario, no se preveía la figura del veedor, sustituida por un comisario
ordenador que actuaría como ministro principal de Hacienda, acompañado por
un contador, un pagador y otros miembros de la Hacienda Militar. En todos
estos casos la dependencia era del comisario general de la Cruzada.
Por Real Decreto de 19 de mayo de 1825 se suprimieron las veedurías
de los Presidios Mayores, y por Instrucción de 17 de julio de 1837 las
de los Presidios Menores. Como caso singular, la Artillería aún dispuso de
una Veeduría General, que desde 1746 era atendida en comisión por Pedro
Yáñez Saavedra, pero que se suprimió en 1751 por disposición del marqués
de la Ensenada. Por Real Orden de 8 de julio de 1834 quedaron suprimidas
las veedurías de los Departamentos marítimos y apostaderos, pasando sus
funciones a estar desempeñadas por la Intervención General de Marina.
Revista de Historia Militar, 131 (2022), pp. 305-346. ISSN: 0482-5748
LAS PERSONAS
Casi todo lo que se ha escrito sobre los veedores en los ejércitos y la
Marina va referido a sus funciones y, en algunos casos, a los nombres de
los que detentaron el cargo en las Guardas, el ejército de Flandes o en las
armadas; muy poco, sin embargo, se sabe de su personalidad y vicisitudes.
Queda aún mucho por explorar en ese pozo sin fondo que es el Archivo de
Simancas, en los del Ejército y la Marina y en otros varios que pueden recoger
datos significativos de aquellos delegados reales que tan importante
papel desempeñaron en los siglos XVI y XVII.
Los profesores Martínez Ruiz y Pi Corrales, en su excelente y riguroso
estudio sobre las Guardas de Castilla, han presentado una relación