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el Reino de Marruecos de subsumir bajo esa denominación las aguas en cuestión
en ese mismo ámbito de aplicación.
72. Por lo que atañe a la expresión “las aguas bajo ... jurisdicción del
Reino de Marruecos” que figura en la misma disposición, el Consejo y la
Comisión han contemplado entre otras posibilidades que pueda considerarse
que el Reino de Marruecos es “potencia administradora de facto” o potencia
ocupante del territorio del Sáhara Occidental y que esa calificación resulte
relevante a la hora de fijar el ámbito de aplicación del Acuerdo de Colaboración.
No obstante, sin que sea siquiera necesario analizar si la posible intención
común de las partes del Acuerdo de Colaboración de dar a la expresión
un sentido especial para tener en cuenta las circunstancias mencionadas hubiera
sido conforme con las normas de Derecho internacional que vinculan a la
Unión, baste señalar al respecto que en el presente asunto no puede en ningún
caso hablarse de tal intención común, puesto que el Reino de Marruecos ha
negado categóricamente ser potencia ocupante o potencia administradora del
Sáhara Occidental.»
Estas contundentes declaraciones del Tribunal de Justicia de la Unión
Europea son por sí solas demostrativas de la compleja situación que va a
provocar la decisión anunciada por Marruecos.
Hay que tener presente también, pese a su cuestionable eficacia, que la
República Árabe Saharaui Democrática, proclamada por el Frente Polisario
tras al abandono del territorio por España, aprobó la Ley n.º 03/2009, de 21 de
enero de 2009, estableciendo sus espacios marítimos con arreglo a la Convención
de 1982: mar territorial (12 millas), zona contigua (24 millas), zona
económica exclusiva (200 millas) y plataforma continental (200 millas), y
contempla la posibilidad de que la República negocie con los Estados vecinos
cuando sus espacios marítimos mutuos se solapen (artículo 11).
En definitiva, como recuerda la profesora Ángeles Jiménez García-Carriazo
en la obra ya citada (nota 11), «... el tratamiento que Marruecos otorgue a
la cuestión del Sáhara Occidental puede plantear graves problemas jurídicos y
políticos».
2020 113