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sobre el Estatus Legal del Mar Caspio (6). Con anterioridad (año 2007) ya se
había llegado a un acuerdo de prohibición del establecimiento de bases
extranjeras permanentes en el Caspio. Pero a partir de 2018, la cláusula 6.ª de
la Convención también veta la presencia ocasional de tropas ajenas a esos
cinco Estados en el Caspio, lo que afecta —especialmente— a hipotéticas
fuerzas navales. Además, la cláusula 7.ª añade la prohibición de que cualquier
Estado miembro ofrezca su territorio a terceros no firmantes para perpetrar
agresiones contra los firmantes.
Ni qué decir tiene que esta Convención favorece sobre todo a Rusia. Es así
porque su superioridad militar es incontestable sin ese tipo de injerencias, que
son las únicas que podrían ofrecer cierta capacidad de disuasión a los demás
partícipes del acuerdo. Aunque en realidad es Azerbaiyán el más perjudicado,
algunos expertos han señalado que esta medida podría forzar que otros vecinos,
como Turkmenistán, optaran por ser más dóciles en relación con las
posturas que Rusia trate de fomentar, debido a la nula esperanza de recibir
apoyo externo alguno en caso de que las cosas se compliquen (Coffey, 2019:
4). En lenguaje geopolítico, podría decirse que si existía alguna posibilidad de
balancing antes de la firma de esta Convención, una vez firmada parece que la
única opción racional pasa a ser el bandwagoning prorruso. Lo que parece
evidente es que Rusia sale bien librada (Efstathiou, 2018), de modo que no
puede causar extrañeza, por lo tanto, que esta Convención haya sido celebrada
como «un gran éxito de la diplomacia rusa» (Pritchin, 2019: 2).
Pero lo cierto es que, sin negar ese extremo, los tres vecinos turcómanos
han arrancado una concesión, tanto a Rusia como a Irán, que puede traer cola.
Se trata de la suspensión de un viejo acuerdo en el que se indicaba que cualquier
obra de envergadura que afectara al fondo del mar Caspio solamente
podría adoptarse con el consentimiento de todos los Estados ribereños. Pues
bien, desde 2018 ya pueden establecerse gasoductos submarinos, con el solo
acuerdo de los Estados implicados en cada proyecto (recordemos la importancia
estratégica del futurible Trans-Caspian Gas Pipeline). A su vez, y a modo
de última cláusula de salvaguarda, Rusia logró que se incluyera una mención
a la posibilidad de que ellos (u otros) podrían «monitorizar» los acuerdos bi o
trilaterales de los que no sean parte, alegando problemas medioambientales…
Una cláusula aparentemente ecológica (técnica), cuyo significado es evidentemente
político (Anceschi, 2019: 7).
(6) Tiene todo el sentido, ante la ambigüedad representada por un mar que se parece
mucho a un lago y al que no se le pueden aplicar las reglas generales del derecho del mar. De
hecho, algunos aspectos concernientes a la delimitación de espacios de soberanía y a la explotación
de recursos ya habían sido pactados en 2014 y no han sido modificados por la Convención.
En esta línea, se acordó que cada Estado dispondría de una zona de explotación de recursos
naturales que se extendería 15 millas náuticas a partir de la línea de costa, ampliándose a otras
10 millas adicionales los derechos de pesca.
78 Julio