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counter-UAS LSS en el Ejército del Aire dosier 289
Igualmente menciona que se considera necesario contar
con una organización a nivel nacional encargada de coordinar
las acciones contra la amenaza de los UAS LSS con los
diferentes organismos competentes del Estado, indicando
que se considera que esto podría realizarse a través de una
célula de UAS LSS dependiente del AOC (Centro de Operaciones
Aeroespaciales) del Mando Operativo Aeroespacial.
Esta célula coordinaría las acciones contra los UAS LSS de
las unidades equipadas con dichos medios. Estas unidades
tendrían la responsabilidad de neutralizar la amenaza, de
acuerdo con el principio de ejecución descentralizada.
En cuanto a la neutralización de los UAS LSS en el territorio
nacional, hay que tener en cuenta dos aspectos. Por
un lado, la neutralización de la aeronave, que según la
normativa podría corresponder al Mando Operativo Aeroespacial,
y por otro lado la neutralización del operador,
que fuera de las instalaciones militares correspondería a
las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
A la vista del concepto, la posterior Directiva 02/20 de
Implantación del Concepto Nacional C-UAS LSS ha desarrollado
todos los aspectos establecidos en el concepto
para alcanzar sus objetivos.
revista de aeronáutica y astronáutica / abril 2022
En cuanto a la organización, se ha puesto en marcha
la célula C-UAS dependiente del Centro de Operaciones
Aeroespaciales del Mando Operativo Aeroespacial,
siguiendo los procedimientos de la Defensa Aérea en
tiempo de paz. Además, contactos con el Ministerio del
Interior han permitido la recepción de datos de detección
del sistema GLOBAL, lo que ha dado lugar a un enlace
permanente con este Ministerio. A nivel local, los medios
C-UAS están integrados en las organizaciones de Protección
de la Fuerza y se mantiene informado al AOC de sus
actuaciones.
Directiva del Ejército del Aire C-UAS LSS
Como resultado de los documentos conjuntos el Ejército
del Aire español ha aprobado una directiva10 para
organizar el empleo de los sistemas C-UAS en el mismo,
en el que se subraya que, en el Ministerio de Defensa,
el Ejército del Aire es el principal responsable de todo
lo relacionado con la seguridad aérea y la defensa aérea.
También se dice que la vigilancia, detección, identificación
y actuación de esta amenaza en la capa más baja del
espacio aéreo debe estar unida, como solución de continuidad,
a la vigilancia y control del espacio aéreo de soberanía
nacional y zonas adyacentes de responsabilidad.
En la actualidad, el nivel de ambición se limita a la protección
de sus instalaciones, a la protección de eventos
de alta visibilidad y a disponer de una capacidad de acción
inmediata para actuar en territorio nacional en apoyo
de otras organizaciones e instituciones. La sucesiva integración
de los medios C-UAS en el sistema de defensa
aérea permitirá el control centralizado de las actuaciones
por parte del AOC.
En cuanto a las bases aéreas, se define un área de seguridad
particular para la protección de las operaciones de las
aeronaves en los aeródromos (que incluye las áreas de despegue
y aterrizaje y el circuito de aeródromo). El centro de
operaciones de la base o equivalente será el responsable
de todas las comunicaciones y acciones contra la amenaza,
activando el equipo de seguridad, evaluando la amenaza
con la información recibida y notificando al centro de operaciones
aéreas y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Las acciones deben ser tomadas de acuerdo con la
información recibida y las reglas de enfrentamiento implementadas.
Estas acciones incluyen la adopción de
medidas cautelares de control de tráfico aéreo, y la neutralización
del dron mediante interferencia, toma de control,
captura o destrucción.
Protocolo, sistemas y otras actividades C-UAS LSS
Asimismo, el Mando Aéreo de Combate ha establecido
un protocolo de actuación contra la amenaza de los UAS
LSS de acuerdo con el nivel de ambición y las directrices
fijadas por la Directiva 23/19 y un marco que permite la