16 JESÚS CANTERA MONTENEGRO
A raíz de estas consideraciones, parece oportuno hacer un comentario,
aunque sea brevísimo, sobre el estado de la cuestión del acuartelamiento
español en los siglos XVI al XIX, pues, como se ha dicho, sus tipologías y
condiciones fueron trasplantadas a las tierras americanas.
Así, a finales del siglo XVI, Jerónimo Castillo de Bobadilla escribía
su Política para Corregidores (1597), y allí decía que
los soldados del presidio deven estar alojados en un quartel, y que allí
les den panaderas, taberneras y carne por un mismo precio, y de una misma
bondad que a los otros vezinos del pueblo, sin encarecerse lo mas, con
lo qual se evitan muchos ruydos y delitos, que suceden estando alojados
esparzidamente por el pueblo; y desta manera estan juntos para acudir
prestamente quando los llamen. Y este orden de alojamiento se guarda en
Italia, y en esta Corte los de la guarda estan en sus quarteles3.
El comentario es muy interesante, porque planteaba la conveniencia
de que los soldados se alojaran en cuarteles, frente a la costumbre de estar
dispersos por la población, lo que redundaría en una mayor efectividad
ante un caso de necesidad; también indicaba con rotunda claridad que las
provisiones se les debían de proporcionar al mismo precio que al resto de
los ciudadanos, con el fin de evitar que los abusos acabaran en desórdenes.
Como justificación de la bondad de este sistema, señalaba que las tropas de
la Casa Real ya estaban alojadas en cuarteles.
Antes de que pasaran cincuenta años de la publicación de esta obra,
en 1640 se produce la guerra con Portugal a consecuencia del estallido independentista
de este territorio, lo que tuvo como consecuencia el establecimiento
de un fuerte contingente español en la plaza de Badajoz. Ante las
incomodidades que se produjeron en la población, más de mil doscientos
vecinos la abandonaron, por lo que las autoridades municipales solicitaron
a la Corona la construcción de cuarteles, pero liberando a la municipalidad
de costearlos. El marqués de Leganés fue el encargado de emitir un informe
sobre la solicitud, informe en el que hizo ver que la tropa no era muy partidaria
de alojarse en cuarteles, pero que sin embargo eran muy convenientes;
Barroco Americano: Territorio, Arte, Espacio y Sociedad: Universidad Pablo de Olavide,
Sevilla, 8 a 12 de octubre de 2001, pp. 1047-1073.
3 CASTILLO DE BOBADILLA: Política para Corregidores y señores de vassallos en
tiempo de paz y de guerra y para juezes eclesiásticos y seglares, tomo 2, p. 335, (ed.
Consultada, Amberes, En casa de Iuan Bautista Versussen, 1704).
Cabe recordar las acepciones 4ª y 5ª que de “presidio” da el Diccionario de la RAE: 4. m.
Guarnición de soldados que se ponía en las plazas, castillos y fortalezas para su custodia
y defensa. 5. m. Ciudad o fortaleza que se podía guarnecer de soldados.
Revista de Historia Militar, 128 (2020), pp. 16-70. ISSN: 0482-5748