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MUJERES Y EJÉRCITO EN TIEMPOS DE NAPOLEÓN 59
LAVANDERAS, COSTURERAS, CANTINERAS (“VIVANDIÈRES”)
Cantineras, lavanderas y costureras jugaban un importantísimo papel
en la vida cotidiana de los soldados del Primer Imperio, tanto en los períodos
de paz, como en la guerra. Tanto es así que en numerosas ocasiones se
intentó regular mediante leyes su presencia en los ejércitos. Así, un Decreto
promulgado en Francia en el año VIII determinaba con precisión el número
de mujeres que debían estar asociadas, tanto al lavado de las ropas y uniformes,
como a la venta de víveres y bebidas en los distintos cuerpos armados,
imponiendo a estas una serie de reglas muy estrictas de vida y conducta7.
Las reglamentaciones al uso eran un modelo de rigidez y severidad
con el que se ordenaba cada uno de los aspectos de la vida cotidiana de
aquellas mujeres. Tanto es así, que incluso se fijaban los precios y tarifas de
sus productos, y sus servicios eran vigilados minuciosamente con el fin de
evitar cualquier tipo de subida inesperada de precios, lo que hubiera ocasionado
alguna inflación que hubiera podido ser enormemente perjudicial para
los intereses de los militares en campaña.
En ciertos cuerpos de ejército, los vehículos en los que se desplazaban
las cantineras debían llevar una placa identificativa hecha en hierro blanco,
en donde debía figurar inscrito el nombre, su condición y la patente. En el
Ejército de Alemania, durante la campaña de Austria de 1809, las placas eran
concedidas por el preboste. En el Ejército de España, Junot, el 17 de junio de
1807, se vio obligado a publicar unas Ordenanzas reglamentando el número y
las características de las cantineras y lavanderas, autorizando la presencia de
dos cantineras por batallón, que recibirían el correspondiente certificado de
patente con la autorización escrita8. Cuando los ejércitos se desplazaban, estas
mujeres marchaban con la tropa justo por delante de la retaguardia. No tenían
permiso para cambiar de regimiento o pasar de un campo a otro. Los permisos
y derechos de cantineras y lavanderas eran muy reducidos. Habrá que esperar
a los últimos años del Imperio, es decir hacia 1810, para que un Decreto les
permita poder ser admitidas en los hospitales en caso de enfermedad o heridas.
7 El Decreto del 7 thermidor del año VIII (26 de julio de 1800) preveía en su artículo XIII
que el número de mujeres que podía acompañar a cada batallón, en ningún caso y bajo
pretexto alguno podía superar el de cuatro; y dos en el caso de escuadrón de Caballería.
El número de vivandières y lavanderas que seguían al cuartel general del ejército y a los
cuarteles generales de división no podían en ningún caso superar el de los cuerpos que
componían dicho ejército.
8 Los Archivos de la Guerra de Vicennes no conservan más que una única patente de vivandière,
impresa en papel azul, registrada con el número 462, y fechada el 29 de septiembre
de 1809. En ella se autorizaba a François Blanchard a seguir al 2º batallón del 79 Regimiento
de Línea en calidad de vivandière. En la parte izquierda del documento figura su
Revista de Historia Militar, 129 (2021), pp. 59-102. ISSN: 0482-5748
firma. S.H.A.T. Xs 12.