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TEMAS GENERALES
«Puede V. S. si gusta hacer saber a la Guarnición y Pueblo de Cádiz que la
Marina, fiel al rey antes y después de haber jurado la Constitución, y amante
de su Patria, no se empleará sino en procurar todos los medios para excusar se
derrame una sola gota de sangre española; evitando al mismo tiempo (en tanto
que por desgracia continúan las circunstancias presentes) que se introduzcan
por ninguna vía en esa Plaza las tropas residentes en San Fernando, por el
justo temor de que se aumenten con tal motivo los desórdenes, que a toda
costa deben evitarse.»
De esta manera intentaba ayudar, por una parte, al sosiego, pero por otra
seguía manteniendo la consideración de sublevadas a las tropas que aún esta-ban
en el asedio a Cádiz.
La Escuadra, una vez recibida (22) la real orden en donde se estableció
que todas las tropas habían de jurar la Constitución, tomó las medidas opor-tunas.
El brigadier Butrón, en el informe del día 17 de marzo, hacía constar:
«... hoy no ha ocurrido novedad en la Escuadra y Bahía», al tiempo que
informaba de que «… el Capitán General de la Armada y Departamento ha
dispuesto que mañana se celebre el juramento de la Constitución en la Escua-dra,
para lo que se han dado las órdenes correspondientes» (23).
Por otra parte, al Cabildo del Ayuntamiento de Cádiz se le hizo llegar el
escrito en donde se decía (24):
«Habiendo determinado el Excmo. Señor Capitán General del Departa-mento
de Marina que mañana 18 de marzo haga el juramento de la Constitu-ción
Política de la Monarquía Española la Escuadra que se halla surta en este
Puerto; lo digo a VS para conocimiento del Excmo. Ayuntamiento de esta
Ciudad, y al mismo tiempo a fin de que cuando se adviertan las salvas de arti-llería
que se ejecutarán con tal plausible motivo sepa el objeto de ellas.»
El día marcado para el acto, a las nueve de la mañana, se reunió en pleno
el Ayuntamiento de Cádiz, entre ellos José Vadillo, quien haría de alcalde, y se
dice textualmente en el acta que (25):
(22) Colección de Reales Órdenes expedidas por el Ministerio de Guerra. Imprenta de D.
Miguel de Burgos, Madrid, 1821, p. 1. «Madrid, 9 de marzo de 1820 // Para que se disponga
por los capitanes generales de las provincias juren las tropas la Constitución. // Habiendo jurado
el Rey en este día la Constitución de la Monarquía Española, publicada por las Cortes generales
y extraordinarias en Cádiz en el año 1812, se ha servido S. M. resolver que disponga V. E. que
todas las tropas que se hallan en esa provincia de su cargo la juren también en el modo y forma
que previene la Constitución».
(23) AGMAB. Signatura 252. Informe del 17 de marzo de 1820.
(24) AHMCA. Libro de Actas, n.º 10.185, folio 140.
(25) Ibídem, folio 141.
234 Marzo