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TEMAS PROFESIONALES
El medio «autozafable» de registro debería estar instalado en una cápsula
«autozafable» que cumpla todas las prescripciones siguientes:
— Estar dotada de medios para que resulte más fácil atraparla y recupe-rarla.
— Conservar los datos registrados durante un período de seis meses como
mínimo, una vez finalizado el registro.
— Estar construida de modo que cumpla las prescripciones especificadas
en la Resolución A.810 de la OMI, y se reduzca al mínimo el riesgo de
que se produzcan daños durante las operaciones para su recuperación.
— Poder transmitir una señal inicial que permita localizarla y otras perió-dicas
durante al menos 48 horas.
— Permitir el acceso a ella tras un suceso, si bien ha de estar protegida
contra la eliminación o modificación física o electrónica de los datos
registrados.
Finalmente, el medio de registro a largo plazo debería:
— Ser accesible desde una zona interna del buque fácilmente abordable.
— Facilitar el acceso a los datos que contiene, pero estar protegido contra la
eliminación o modificación física o electrónica de los datos registrados.
Resolución MSC.333 de la OMI adoptada el 22 de mayo de 2012
Según esta resolución, y en referencia a la continuidad del funcionamiento,
el RDT debería poder funcionar con las fuentes de energía eléctrica principal
y de emergencia del buque. Los datos que se han de registrar según esta reso-lución
serán los siguientes:
— Fecha y hora (UTC): se deberían obtener de una fuente externa al
buque, sincronizada con un reloj interno que proporcione información
válida sobre la fecha y la hora y, en el caso de que se perdiera la fuente
externa, debería utilizarse el reloj interno. El método de registro debe-ría
ser tal que al efectuarse la reproducción se pueda determinar la
hora en que se han registrado todos los demás datos con una resolu-ción
y continuidad suficientes para reconstruir en detalle el historial
del suceso.
— Situación del buque: tanto la latitud y longitud como el datum utiliza-do
deberían provenir de un sistema electrónico de determinación de la
situación (EPFS). El registro debe garantizar que al efectuarse la
reproducción se puedan determinar en todo momento la identidad y el
estado del EPFS.
296 Marzo