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«A corto rato con noticia
de que la Escuadra no verifi-caba
en este día el juramento
de la Constitución por razón
de lo fuerte del viento Levante
(26); se nombró Comisión
compuesta de los Sres. Núñez
de Castro y Jiménez para
pasar a bordo del Navío Gene-ral
y manifestar al Excmo. Sr.
Don Juan María Villavicencio
la necesidad de que verificase
aunque fuese sin toda la
ostentación que requería el
caso, para tranquilizar al
público.»
No se tiene conocimiento
del tipo de ceremonia que la
Escuadra iba a realizar, dado
que era la primera vez que se
celebraba el acto de jurar una
constitución. Es más, tan solo se
contemplaba en el art. 117 (27)
la jura de los miembros de las
Cortes, pero no la de otros
ciudadanos.
TEMAS GENERALES
José Manuel de Vadillo (Cádiz, 1777-1858). Aguado.
Alcalde, vocal de la Junta de Gobierno.
(Fotografía facilitada por el autor)
El Cabildo de la ciudad estaba en permanente inquietud y temía que, debi-do
al viento de Levante, no se llevase a cabo la ceremonia anunciada y esto
pudiese acarrear, otra vez, disturbios no deseables, por lo que envió a dos
(26) Ibídem, folio 143. Se conserva el original que dice: «Aviso. // El tiempo no permite en
el momento engalanar, saludar, ni casi venir a bordo del Navío de la insignia las personas que
deben concurrir al juramento y publicación de la Constitución Política de la Monarquía Españo-la,
por estas causas y para que la ceremonia sea con la debida autenticidad y decencia, he
dispuesto se difiera para inmediatamente que cese el tiempo. // A bordo del Navío Numancia en
la Bahía de Cádiz 18 de marzo de 1820. // Villavicencio».
(27) Constitución Política de la Monarquía Española. Cádiz, en la Imprenta Real
MDCCCXIII, p. 34, capítulo VI. «De la celebración de las Cortes». // Art. 117. // «En todos los
años el día veinte y cinco de febrero… // Poniendo la mano sobre los santos Evangelios, el jura-mento
siguiente: ¿Juráis defender y conservar la Religión católica, apostólica, romana sin admi-tir
otra alguna el reino? R. Sí, juro. // ¿Juráis guardar y hacer guardar religiosamente la Consti-tución
política de la Monarquía española, sancionada por las Cortes generales y extraordinarias
de la Nación en el año de mil ochocientos y doce? R. Sí, juro».
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