La relevancia de la prueba indiciaria en los delitos de deslealtad militar: especial referencia...
la hipótesis tienda a ser exclusiva, «no siendo, pues, razonable la infe-rencia
cuando sea excesivamente abierta, débil o imprecisa»38; c) tiene
que haber una relación e inferencia razonable39, racional y motivada40
(conclusión inmediata y natural), que no resulte por tanto ilógico o in-consecuente41.
En relación con la conexión que se requiere por constituir el indicio el
intermedio que infiere la comisión de un hecho delictivo, el TS se ha pro-nunciado
excluyendo los supuestos en el que «el razonamiento se aprecian
saltos lógicos o ausencia de necesarias premisas intermedias, ya que se re-quiere
de una historificación de los hechos en adecuado ensamblaje con ese
acervo, de mayor o menor amplitud, de datos acreditativos o reveladores,
que haya sido posible concentrar en el proceso»42.
En lo relacionado con la apertura de los indicios, se analiza el hecho
de que los indicios puedan mostrar diversas posibilidades, ya que la
prueba indiciaria «siempre deja abierta cierta holgura propiciatoria de
alguna contrahipótesis alternativa favorable a la defensa»43, por tanto,
pueden existir varias hipótesis con sus correspondientes conclusiones,
«en este caso el Tribunal debe tener en cuenta todas ellas y razonar por
qué elige la que estima como conveniente»44 o más lógica, ya que se
requiere que el razonamiento no se ilógico (canon de la lógica45). En
esta línea el TS entiende que «no basta la plasmación de otra hipótesis
alternativa fáctica, para entender conculcado el derecho a la presunción
de inocencia (STC 55/2015, de 16 de marzo)». Solo cabría considerar
conculcado la presunción de inocencia «cuando la inferencia sea ilógica
o tan abierta que en su seno quepa tal pluralidad de conclusiones alter-
38 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1.º). Sentencia n.º
409/2013 de 21 de mayo. Ponente: Excmo. Sr. Juan Ramón Berdugo y Gómez de la Torre.
39 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1.º). Sentencia n.º
40 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal). Sentencia n.º 279/2003 de 12 de
41 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal, Sección 1.º). Sentencia n.º
409/2013 de 21 de mayo. Ponente: Excmo. Sr. Juan Ramón Berdugo y Gómez de la Torre.
42 Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Penal). Sentencia n.º 378/1998 de 12 de
43 Sentencia del Tribunal Supremo «Caso Operación Chacal» (Sala de lo Penal, Sec-ción
1.º). Sentencia n.º 2/2011 de 15 de febrero. Ponente: Excmo. Sr. Diego Antonio Ramos
44 TC (Sala Primera). Sentencia n.º 174/1985 de 17 de diciembre. Ponente: Don Ángel
45 Sentencia del Tribunal Supremo «Caso Operación Chacal» (Sala de lo Penal, Sec-ción
1.º). Sentencia n.º 2/2011 de 15 de febrero. Ponente: Excmo. Sr. Diego Antonio Ramos
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175/2018 de 12 de abril. Ponente: Excmo. Sr. Andrés Palomo del Arco.
marzo. Ponente: Excmo. Sr. Perfecto Andrés Ibáñez.
marzo. Ponente: Excmo. Sr. Francisco Soto Nieto.
Gancedo. Voto particular: Ponente. Don Alberto Jorge Barreiro.
Latorre Segura.
Gancedo. Voto particular: Ponente. Don Alberto Jorge Barreiro.
Revista Española de Derecho Militar. Núms. 111 y 112, enero-diciembre 2019