El crimen de agresión: análisis de los elementos del delito, su revisión para un eficaz...
contraria a la Carta de Naciones Unidas84. Esta misma definición de acto
de agresión se replica así mismo en los elementos de los crímenes (art. 8
bis, elemento 3).
En este sentido, la enumeración de conductas consideradas actos de
agresión correspondería más bien a ejemplos de formas de cometer el ilí-cito
analizado y bajo una interpretación menos restrictiva de la norma,
permitiría incluir nuevos modos de empleo de la fuerza que no se hallen
autorizados según la Carta de Naciones Unidas.
5. EL CRIMEN DE AGRESIÓN Y EL EMPLEO DE LA FUERZA EN
LOS NUEVOS CONFLICTOS
Tras el fin de la guerra fría numerosos autores sostienen que asistimos
a la aparición de un cambio sustancial en la naturaleza de los conflictos
armados. Podría cuestionarse si el «crimen de agresión» denunciado du-rante
los juicios de Núremberg y Tokio, y codificado tras mucho trabajo y
esfuerzo en el artículo 8 bis del Estatuto de Roma, tiene cabida en los casos
más frecuentes de empleo de la fuerza armada producidos en el siglo xxi.
En el panorama estratégico internacional se ha producido una reorde-nación
en el equilibrio de poder entre las distintas potencias, basculando
desde el orden bipolar existente durante el período de confrontación entre
los bloques soviético y estadounidense hacia un mundo unipolar con Esta-dos
Unidos como una única superpotencia. Frente a dicho poder, asistimos
al progresivo ascenso de nuevas potencias emergentes encabezadas por
Rusia y China, que aprovechan el declive general de hegemonía nortea-mericana
de los últimos años (pese a que el país conserva aún intacta su
indudable superioridad militar) en una especie de resurgir del bloque asiá-tico
frente a la hasta ahora tradicional dominancia político-económica de
Junto con esta evolución geopolítica otros fenómenos como la globa-lización,
el desarrollo acelerado de las nuevas tecnologías, principalmente
las relacionadas con la información y la comunicación y su rápida implan-tación
en nuestras sociedades, y en general las innovaciones tecnológicas,
han contribuido igualmente a introducir cambios notables en el mapa de
los conflictos armados del siglo xxi. Han surgido así nuevas características
84 «A los efectos del párrafo 1, por “acto de agresión” se entenderá el uso de la fuerza
armada por un Estado contra la soberanía, la integridad territorial o la independencia po-lítica
de otro Estado, o en cualquier otra forma incompatible con la Carta de las Naciones
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Occidente.
Unidas» (art. 8 bis (2) del ECPI).
Revista Española de Derecho Militar. Núms. 111 y 112, enero-diciembre 2019